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UGT EMASESA

Desde que se publicaron los Presupuestos Generales del Estado del año 2015, que permitían la contratación indefinida del 50% de las plazas que definitivamente quedaron vacantes en 2014 (Tasa de  Reposición), la UGT viene reclamando que dichas plazas se utilicen para transformar en indefinidos los  contratos de los  relevistas.
A este asunto le hemos dedicado una parte importante de nuestro  trabajo del último año. Lo hemos planteado hasta la saciedad en la Comisión de Seguimiento del Convenio y en otras reuniones con representantes de la Dirección, dedicándole también bastantes páginas en esta misma  publicación.
Durante 11 meses hemos venido denunciando que la Dirección se reservaba el derecho de utilizar la Tasa de Reposición a su conveniencia, cubriendo los puestos que le interesaban y sin tener en cuenta los acuerdos que se habían     alcanzado en Negociación Colectiva, en orden a dar estabilidad a los compañeros y compañeras relevistas, que habían  entrado a trabajar en la empresa porque formaban parte de las Bolsas provenientes de Concursos Públicos, Concursos que habían aprobado sin obtener plaza.
Ni siquiera hemos estado de acuerdo en el número de plazas que conforman la Tasa de Reposición, que la  Dirección fija en 8 (sin explicar cuales son los criterios que aplica) y que según nuestros cálculos asciende a 11 (nosotros sí hemos explicado cómo hemos efectuado dicho cálculo).
Así las cosas, se estaba pasando el año, y sorprendentemente el 21 de diciembre la Dirección nos comunica en la Comisión de  Seguimiento su decisión de convocar un  Concurso Público para  cubrir 4  plazas de Peones Electromecánicos con cargo a la Tasa de Reposición de 2015.
Esta decisión se toma, dicen,  atendiendo a los intereses de la empresa. Pero no alcanzamos a entender cuales son esos intereses tan importantes que llevan a la Dirección a generar el espejismo de la creación de 4 nuevos puestos de trabajo estables en la empresa. Este espejismo, como todos, es engañoso porque la  plantilla no va a aumentar en ese número, ya que lo que realmente va a ocurrir es que 4 relevistas  perderán la opción a que sus puestos de trabajo sean indefinidos.
Y esto no es más que el principio, porque ya anunciaron su intención de convocar otros Concursos Públicos aunque no fuera más que para renovar las Bolsas actuales, sabiendo que eso afecta a los relevistas que en la actualidad trabajan en la empresa.
Como la memoria es frágil y para que nadie se llame a engaño, vamos a hacer un pequeño recordatorio de los motivos que nos han llevado a la situación actual.
En la negociación del Convenio   Colectivo en vigor nos vimos  obligados a cambiar el régimen  relativo a la contratación de los  relevistas que sustituyen a los jubilados parciales. Dicho cambio  estuvo provocado por las limitaciones planteadas por los Presupuestos Generales del Estado del año 2012 que impedían la contratación indefinida en empresas como la nuestra. Dichas limitaciones se mantuvieron exactamente igual durante 2013 y 2014. Por ello los relevistas, a partir de ese momento, no pudieron ser contratados con carácter indefinido y pasaron a trabajar sólo el 75% de la jornada laboral.
Nos vimos obligados a introducir limitaciones en el Capítulo del Convenio en el que se regula  la  jubilación parcial, pero tenían carácter transitorio y estarían  vigentes "mientras se mantengan las limitaciones previstas en la Ley de Presupuestos Generales del   Estado", como se indica en el citado Convenio.
En 2015 los PGE atenuaron dicha limitación y en su Disposición Adicional Decimoquinta establecieron que "las sociedades mercantiles públicas que hayan obtenido beneficios en los últimos ejercicios podrán realizar contratos indefinidos con un límite del 50% de su tasa de reposición".
Los compañeros y compañeras relevistas que en la actualidad   trabajan en EMASESA como  Peones y como Auxiliares Administrativos se presentaron en su  momento a los Concursos Públicos convocados por la empresa. En dichas convocatorias se preveía la constitución de  Bolsas de Contratación en la que se integrarían "los concursantes que habiendo aprobado todas las pruebas del concurso público no obtengan plaza", y se especificaba que  dichas bolsas estarían vigentes "hasta que sean firmes los resultados del próximo concurso público".
Todas estas personas trabajan en este momento en esta empresa porque tras haber aprobado sin  plaza el Concurso Público pasaron a formar parte de las Bolsas de Contratación y por ello fueron  contratados con posterioridad  como relevistas.
Y nada de esto sucede de manera fortuita o porque la Dirección haya tenido a bien contratarlos. Todo ello sucede porque es fruto de  pacto, del acuerdo alcanzado en su día por unanimidad entre las Secciones Sindicales y la Dirección de la empresa, que desde el año 2008 decidieron que los relevistas  provenientes de las Bolsas de  Contratación serían contratados como personal indefinido de la empresa.
¿Qué ha cambiado? ¿Por qué   ahora la Dirección decide romper unilateralmente este pacto de estabilidad en el empleo?
Los motivos son incomprensibles porque nadie con dos dedos de frente puede creerse que ahora, precisamente ahora, esta  Dirección se haya dado cuenta de lo  importante que es la creación de empleo público y por ello  quieren contribuir a erradicar el paro de  esta ciudad, haciendo para ello  un alarde de esplendidez convocando la grandiosa cantidad de 4 plazas de Peones Electromecánicos.
Toda esta cuestión es un auténtico despropósito. La Dirección llega a tal grado de incoherencia que deja a un lado todo el caudal de conocimientos que los relevistas han   atesorado durante el tiempo que llevan trabajando en esta empresa y lo tira por la borda al no proceder a convertir su contrato en indefinido. Pero no queda ahí la cosa ya que su ofuscación le lleva a  despreciar incluso la inversión que ha efectuado en la formación de cada una de estas personas, a las que  ha preparado para llevar a  cabo los procedimientos específicos a realizar en su puesto de  trabajo y, también, en materias fundamentales como es la Salud y Seguridad en el Trabajo, u otras acciones formativas de las que se llevan a cabo en EMASESA.
Este análisis concreto es el que  venimos trasladando a la Dirección, tanto en la Comisión de Seguimiento como al propio Director  General en una carta que le remitimos el pasado 14 de enero y que, como tantas otras, su apretada agenda aún no le ha  permitido contestar.
Desde que comenzó este desvarío, hemos apoyado claramente a los relevistas. Lo hacemos porque creemos que sus reivindicaciones son justas y que la razón les asiste. Y también porque no hay ninguna causa que impida en estos momentos utilizar la Tasa de Reposición para dar estabilidad en el empleo a estos compañeros y compañeras, como tampoco hay ningún inconveniente para buscar un acuerdo de estabilidad para aquellas personas que una vez cubierta dicha Tasa, no hubiesen aún conseguido contrato indefinido en la empresa.
Nuestra posición es bien conocida. Se la hemos trasladado al Colectivo de relevistas en la reunión a la que nos convocaron a todas las Secciones Sindicales. La conoce también la Dirección y el resto de Sindicatos.
Creemos además que este asunto sólo tiene solución si lo sacamos del ámbito de la empresa porque la Dirección ya tiene prefijada su posición y no parece que tenga el más mínimo interés en solucionar el problema que ella misma ha creado.
A esta situación se ha llegado por la decisión unilateral de la  Dirección de no cubrir la Tasa de Reposición con los relevistas. Esta decisión supone una ruptura que pone en peligro la estabilidad de este colectivo de trabajadores y trabajadoras. El pegamento para reparar esa ruptura es el compromiso. Compromiso para mantener los acuerdos alcanzados, para rechazar la precariedad, para apostar por el empleo estable y por la igualdad de oportunidades. En suma, compromiso para respetar los acuerdos que, si en   algún momento fueron modificados en el Convenio, lo fueron de manera transitoria, por imperativo legal y mientras el tiempo que durase dicho imperativo.
Sinceramente creemos que esta  Dirección ha dado pruebas más que evidentes de carecer del sustento ideológico necesario para  actuar con compromiso. Por ello pensamos que tendrá que ser el Presidente del Consejo de Administración quien  tome cartas en el asunto y así lo manifestamos en la reunión que mantuvimos recientemente las Secciones Sindicales para analizar este asunto. A pesar de ello se optó por solicitar una reunión con el Director General, que ya se ha celebrado y en la que. como nos temíamos, no se ha resuelto absolutamente nada.
La Dirección volvió a dejar claro que su intención es la de utilizar la Tasa de Reposición a su conveniencia y no entienden las prisas que tienen los relevistas por ser  indefinidos.
Han planteado, por primera vez, que sólo pasarán a plantilla los relevistas que consideren oportunO. Tendrán esa suerte aquellos que la empresa quiera. Y no queda ahí la cosa, se han permitido el   lujo de decir que no todos los relevistas han sido contratados porque los necesitaba la empresa. ¡A algunos, al parecer, les han hecho el favor de contratarlos aunque las tareas que realizan no son necesarias y sólo están aquí para que otra persona pudiera acogerse a la jubilación parcial! Por ello, cuando vayan a finalizar los contratos  estudiaran cada caso uno a uno y  tomaran la decisión que estimen oportuna en cada momento.
Esta afirmación tan cínica tiene dos objetivos a nuestro entender. Por un lado abundar en la arbitrariedad a la que nos tiene acostumbrada la Dirección y por otro    sembrar la semilla de la discordia entre los relevistas.
Llegados a este punto les hemos dicho que no entendemos cómo a estas alturas salen con ese planteamiento. ¿Cómo es que los responsables de esta empresa se toman tan a la ligera sus atribuciones? No compartimos que los relevistas ocupen puestos que no son necesarios y si eso fuese así ¿no habría que pedir responsabilidades para quienes han tomado decisiones tan equivocadas?
Con esta nueva afirmación desatinada pasará lo mismo que con la que efectuaron a principios del  pasado año también relacionada   curiosamente con los relevistas. En aquella ocasión plantearon que iban a prohibirles presentarse a los Concursos para promoción interna, lo que no pudieron mantener porque era manifiestamente contrario a la legalidad vigente.  La pregunta en esta ocasión es la siguiente: ¿Puede la Dirección  contratar como indefinido a una persona que tiene una posición posterior en la Bolsa de Contratación, en vez de contratar a quien tiene mejor posición en dicha  Bolsa?

 

 

 

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