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UGT EMASESA

El borrador de los Presupuestos   Generales del Estado tiene este año una nueva sorpresa. En esta  ocasión  se incluye una disposición para dificultar los procesos de reversión de actividades previamente externalizadas por las Administraciones Públicas.

El objetivo de dicha disposición es más que evidente. Se trata de poner trabas que impidan o dificulten las actuaciones emprendidas por las administraciones, sobre todo municipales, para recuperar servicios que en su momento se  decidió que fuesen prestados por empresas privadas. Hay ayuntamientos empeñados en volver a prestar directamente a la ciudadanía servicios diversos, que van desde el aparcamiento regulado hasta las bibliotecas, pasando por la atención telefónica, el cuidado de parques y jardines, el servicio de grúas...; ni que decir tiene que entre éstos ocupan un lugar destacado los de abastecimiento y saneamiento de aguas.

Para este menester el gobierno se parapeta tras los trabajadores y  trabajadoras, volviendo a utilizarnos como muralla defensiva de sus inconfesables intereses, limitando la incorporación de personal laboral al sector público, en la Disposición Adicional Vigésima Séptima del borrador de PGE 2017.

El apartado 1 de dicha disposición determina que "Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y   vigencia indefinida, las Administraciones Públicas del artículo 2 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto  Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, no podrán considerar como empleados públicos de su artículo  8, ni podrán incorporar en dicha condición en una Administración Pública o en una entidad de derecho público:

a) A los trabajadores de los contratistas de concesiones de obras o de servicios públicos o de cualquier otro contrato adjudicado por las   Administraciones Públicas previstas en el artículo 2.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, cuando los contratos se extingan por su cumplimiento, por resolución, incluido el rescate, o si se adopta el secuestro o intervención del servicio conforme a la legislación de contratos del sector público que resultase aplicable a los mismos.

 

b) Al personal laboral que preste servicios en sociedades mercantiles públicas, fundaciones del sector   público, consorcios, en personas   jurídicas societarias o fundacionales que vayan a integrarse en una Administración Pública.

Al personal referido en los apartados anteriores le serán de aplicación las previsiones sobre sucesión de empresas contenidas en la normativa laboral."

Al parecer poca importancia tiene el servicio que se presta y la calidad del mismo ya que la medida contenida en esta disposición se hará efectiva en cualquier caso, dando igual  si los contratos se extinguen "por su cumplimiento, por resolución, incluido el rescate, o si se adopta el secuestro o intervención del servicio conforme a la legislación de contratos del sector público que resultase aplicable a los mismos." Da igual aunque el servicio se preste en las peores condiciones, hay que impedir a toda costa la reversión del mismo y para ello    nada mejor que poner impedimentos, que prohibir que los trabajadores y trabajadoras, puedan seguir en sus puestos, aunque no sean responsables de nada, ni hayan tenido la opción de elegir el tipo de empresa para la que trabajaban ni la posibilidad de decidir sobre la mejor fórmula de gestión del servicio que prestan.                                                    

 

Esta norma, que se presenta como garante de los principios de igualdad, mérito y capacidad no es lo que parece. No pretende preservar el derecho de quienes quieran     optar a un puesto de trabajo en la Administración Pública, derecho que pudiera verse vulnerado con la incorporación de personas que han estado prestando servicios en empresas subcontratadas por dichas administraciones. Esta cuestión no les importa en absoluto. ¿Acaso la tuvieron en cuenta cuando externalizaron esos servicios? ¿Pensaron en algún momento que de esa manera hurtaban puestos de trabajo a la Administración Pública?

No, ni antes ni ahora lo han tenido en cuenta. Fueron y siguen siendo otros los motivos que están detrás de las externalizaciones, que tienen como referencia ideológica al neoliberalismo, a la idea de que cuanto menos estado y menos administración mejor. Mejor para algunos    pero, sin duda, peor para la ciudadanía en su conjunto.

Por ello lo que está en juego son los intereses privados, los intereses de las empresas que pierden parte de sus negocios si dejan de sentarse a la mesa de las administraciones, porque una parte de las actividades que subcontrataban pasan a ser efectuadas directamente por los que tienen las competencias para ello y deben ser garantes del servicio público que están obligados a prestar a la ciudadanía.

Que nadie piense que lo que se  pretende con la recuperación de servicios es meter gente por la puerta de atrás en la Administración Pública. Hasta ahora el procedimiento utilizado en la mayoría de los casos en los que se ha recuperado un servicio, ha sido la incorporación de las plantillas como personal indefinido no fijo, a la espera de la convocatoria de los procedimientos correspondientes en cada caso    para la cobertura de las plazas, a las que como es lógico pueden acceder todas las personas que cumplan los requisitos de dichas convocatorias.

Si se analiza el apartado 1.b. se obtiene una visión muy clara del  calado de la regla que se pretende adoptar, ya que también se aplicaría "al personal laboral que preste servicios en sociedades mercantiles públicas...que vayan a integrarse en una Administración Pública". Hablando con claridad meridiana esta  medida también nos la aplicarían a los trabajadores y trabajadoras de EMASESA si en un hipotético y más que improbable caso, los ayuntamientos que componen esta empresa decidieran que quieren volver a prestar el servicio directamente, o lo que es lo mismo, optaran por la remunicipalización del  ciclo integral del agua.

El apartado dos de la disposición que analizamos tiene una clara intención disuasoria al establecer que "En aquellos supuestos en los que, excepcionalmente, en cumplimiento de una sentencia judicial, o previa tramitación de un procedimiento que garantice los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, el personal referido en el apartado 1.a) anterior sea incorporado a sociedades mercantiles públicas, las incorporaciones que se produzcan de acuerdo con lo previsto en este apartado, se contabilizarán como personal de nuevo ingreso del cómputo de la tasa de reposición de efectivos, quedando sujeto a los límites y requisitos establecidos en la Ley de Presupuestos Generales del Estado."

El gobierno quiere impedir a toda costa que los servicios vuelvan a prestarse desde el sector público, por ello pone trabas incluso, a las sentencias judiciales que acreditan derechos concretos de personas concretas que han podido demostrar que deben seguir ocupando su puesto de trabajo. Idénticas trabas impone para la incorporación a    sociedades mercantiles públicas, aunque dicha incorporación se produzca con todas las garantías posibles. Por cierto, hemos debido perdernos algo porque ¿desde cuándo  en las sociedades mercantiles públicas todas las personas entran a trabajar mediante procedimientos que garantizan la igualdad, el mérito y la capacidad? ¿Por qué entonces todavía existe la libre designación en esta empresa para algunas categorías?

Utilizar la Tasa de Reposición como el vehículo de incorporación a las empresas públicas y a las administraciones, de las personas que trabajan en servicios que han dejado de estar externalizados es sencillamente una trampa inadmisible. Las tasas de reposición no cubren las necesidades que el sector público tiene en la actualidad, provocadas en muchos casos por la pérdida de puestos de trabajos en los  últimos años. Es, por tanto, imposible que con las carencias actuales de personal pueda destinarse la   tasa de reposición a recuperar servicios, ya que hay lagunas más que evidentes en las plantillas de todo el sector público.

La destrucción de empleo público no tiene ahora ni ha tenido en los años pasados una causa económica. Ha sido una apuesta decidida por un  modelo concreto en el que se priman los intereses privados frente a los públicos. Los PGE han obligado a las administraciones y a las empresas públicas a limitar el gasto de personal, impidiendo la contratación y por ende la adecuada prestación de los servicios. Sin embargo en ningún momento ha establecido límites a las subcontrataciones y externalizaciones de   servicios. Con ello han ido desplazando una parte muy importante de los presupuestos públicos a las  empresas privadas.

Esta cuestión no necesita de muchas explicaciones. En nuestra propia empresa vemos cómo han proliferado las asistencias técnicas, cómo siguen las contratas acaparando muchas de las actividades que debería efectuarse con personal propio, cómo nuestros compañeros deben retirarse de los tajos sin haber finalizado las tareas para ser sustituidos por personal de la contrata, porque no pueden prolongar la jornada aun siendo necesario, para no afectar a la masa salarial; que no se ve afectada, sin    embargo, por el pago a la empresa subcontratada.

Estas cuestiones son las que están detrás del deterioro progresivo del empleo público, ya que se ha optado por subcontratar con empresas que obtienen una parte de sus     beneficios de las peores condiciones económicas y laborales de sus trabajadores y trabajadoras.

Es cierto que la legislación actual plantea dificultades evidentes para la recuperación de servicios públicos externalizados, haciendo compatibles los derechos de quienes tienen esos puestos y los principios de igualdad, mérito y capacidad que deben presidir las relaciones laborales en el sector  público. Es necesario, por tanto, establecer un proceso de negociación con los sindicatos para propiciar un marco legislativo nuevo en el que tengan cabida estas realidades. Eso es lo que tendría que haber hecho el gobierno para solventar este problema pero, como su objetivo es otro, ha optado por la solución extrema de tirar el agua de la bañera con el bebé dentro.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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