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El instituto estadístico argumentó que la mujer no podía incorporarse de forma inmediata, que era imprescindible

En su lugar, contrató a otra mujer que pidió reducción de jornada al empezar a trabajar

El alto tribunal considera que el INE "ocasionó una discriminación directa" por razón de sexo

 

Europa Press

La Sala Segunda del Tribunal Constitucional ha condenado al Instituto Nacional de Estadística (INE) por no contratar a una mujer que había ganado un proceso de selección de personal y que había solicitado la reserva de su plaza debido a que acababa de dar a luz.

El organismo estadístico denegó la reserva de plaza por motivos de urgencia y necesidad y procedió a contratar al segundo aspirante mejor posicionado, una mujer que pidió reducción de jornada al incorporarse y a la que se le concedió.

El Tribunal Constitucional, en una sentencia pionera, ya que no existe doctrina sobre esta cuestión concreta, ha fallado a favor de la demandante al entender que la actuación del INE "ocasionó una discriminación directa" por razón de sexo y, por tanto, vulneró al artículo 14 de la Constitución Española.

En el fallo se da amparo a la demandante y se la restablece en su derecho, lo que anula una sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) que daba la razón al INE y que a su vez revocaba el fallo del Juzgado de lo Social número 7 de Valencia, que estimó parcialmente la demanda de la trabajadora, representada por los servicios jurídicos de CC OO.

Así pues, al anular la sentencia del TSJCV, se da firmeza a la sentencia del Juzgado de lo Social que condenó al INE a reconocer la relación jurídica con efectos retroactivos al momento en que se seleccionó a esta trabajadora (3 de agosto de 2015), a abonarle 12.791 euros por las retribuciones que le corresponderían y las cotizaciones pertinentes, así como a una indemnización de 25.000 euros por daños morales a la demandante.

 

Un fallo "pionero"

Los hechos se remontan a agosto de 2015, cuando se publicó la relación de aspirantes que habían aprobado el proceso selectivo. La trabajadora con mejor puntuación envió un escrito al INE donde comunicaba su imposibilidad de incorporarse por haber dado a luz a su hija en julio, al tiempo que manifestó expresamente su no renuncia a la plaza y solicitó la reserva de la misma hasta que pudiera incorporarse.

El INE respondió que iba a proceder a contratar al siguiente aspirante mejor posicionado que pudiera realizar el trabajo de manera inmediata, pues dicha urgencia era lo que había motivado que se hubiera autorizado desde Función Pública, de manera excepcional, dicho proceso selectivo, dirigido a cubrir una plaza de personal laboral de técnico superior.

La trabajadora afectada presentó en marzo de 2016 una demanda contra el INE en los Juzgados de Valencia, que le dieron la razón en junio de ese mismo año. Posteriormente, el organismo estadístico acudió en suplicación al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana y alegó que no causó discriminación porque su decisión no se produjo por razones de sexo, sino por el incumplimiento de la interesada del deber de incorporarse a la plaza solicitada, desde la que podía haber pedido la baja por maternidad.

No obstante, tras analizar los hechos, el Constitucional entiende que "no cabe dudar" de que la discriminación por sexo puede ocasionarse con carácter previo a la formalización del contrato de trabajo, estando también amparada en esa fase del curso laboral por el artículo 14 de la Carta Magna.

Asimismo, el Alto Tribunal cree que el INE estaba obligado a adoptar medidas o fórmulas flexibles para que la maternidad no fuera un obstáculo al empleo de la demandante y determina, además, que para que exista una vulneración de un derecho fundamental no es necesario que exista "intencionalidad lesiva".

La Secretaria Confederal de Mujeres e Igualdad de CC OO, Elena Blasco, ha celebrado el fallo, que ha calificado de "pionero". "Esta sentencia crea doctrina y extiende la tutela legal a una situación no cubierta, cubriendo un vacío legislativo", ha destacado.

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